Muchos consumidores que formalizaron préstamos hipotecarios con cláusulas multidivisa nos plantean la posibilidad de iniciar un procedimiento para suprimirla, debido a que no fueron informados de los riesgos. Veamos en que consiste este tipo de reclamaciones.
¿Qué riesgos asume el prestatario con una hipoteca multidivisa?
Podemos resumirlos en dos:
- Riesgos de tipo de interés: que suele estar referenciado a un índice distinto al Euribor (Libor).
- Riesgo de tipo de cambio: el que se deriva de utilizar una moneda distinta del euro.
La variabilidad de una hipoteca, con independencia de que esté referenciada a un índice u otro, forma parte de la naturaleza del producto, sin embargo, se puede dar la circunstancia de que, aún bajando el mismo, la hipoteca se encarezca porque el tipo de cambio vaya en sentido opuesto.
El relacionar la vida futura de una hipoteca a un derivado, como es el cambio de divisa, hace de este tipo de hipotecas un producto de muy alto riesgo, como así lo ha definido nuestro Tribunal Supremo, con lo que esto supone en las obligaciones de información de las entidades bancarias a la hora de su comercialización.
¿Es legal este tipo de hipotecas?
Sí, son perfectamente legales. La cuestión que se suscita es: si se han comercializado correctamente o no –informando de las ventajas e inconvenientes a los consumidores- ya que el atractivo de minorar el capital pendiente y un previsible ahorro en las cuotas hipotecarias, ha podido ocultar el riesgo inherente a la operación.
No me informaron, ¿puedo hacer algo?
Sí, el Tribunal Supremo sostiene, siguiendo lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que «Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato, precisando que: «Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas».
Esto, en el ámbito bancario, tiene una regulación específica que protege al consumidor frente a los posibles abusos de las entidades financieras.
Es por tanto, y ante un producto de tan alto riesgo, que el banco debió cumplir las obligaciones de información en la comercialización de nuestra hipoteca, lo que quiere decir que al contratar este producto debíamos saber su funcionamiento y el riesgo futuro que podría implicar una devaluación futura del euro. Si no fue así, y el banco no cumplió con sus obligaciones, habría base para una reclamación ante la entidad bancaria.
¿Qué puedo conseguir?
El objeto del procedimiento sería solicitar que se considerase nulo el clausulado multidivisa, solicitar la restitución de nuestra hipoteca a moneda euro desde el inicio y obtener la restitución del exceso pagado.
¿Son fáciles este tipo de reclamaciones?
Este tipo de reclamaciones no son fáciles y requieren que los abogados que lo representen estén debidamente especializados en esta materia. Es cierto que con la llegada de la publicidad masiva, y ciertamente agresiva, al mundo del derecho, estas demandas parecen puro trámite, pero no lo son. Los tribunales se están posicionando de formas divergentes dependiendo el caso, por eso es necesario un estudio particular de cada caso, ya que el componente subjetivo es muy importante en este tipo de peticiones, formación académica del cliente, contratación de productos de riesgo, perfil laboral, etc., marcarán el devenir del resultado final del pleito.
¿Cómo lo hago?
Contacte con nosotros.
Nuestro despacho (Despacho Jurídico DMD) se ocupará de hacer un estudio gratuito de su caso e iniciar los trámites legales necesarios para que se restituyan sus derechos.